Otros Seguros
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Cuando existen otros seguros, sobre los mismos bienes de un mismo o diferente ramo que cubran los mismos riesgos, tomados en la misma fecha, antes o después, el asegurado está obligado a declararlo por escrito al asegurador, sí el asegurado omite intencionalmente el aviso o si contrata varios seguros para obtener un provecho ilícito, el asegurador queda liberado de sus obligaciones con respecto a los bienes involucrados o a la parte de los mismos que se vieren afectados por el siniestro.