Terminación Anticipada Del Contrato De Seguro
El contrato de seguro puede darse por terminado aún antes de que venza el plazo de vigencia del mismo por cualquiera de las partes. En cuanto al asegurado puede pedir la terminación de la póliza y el asegurador debe de hacerlo cobrando la prima a corto plazo, devolviéndole la fracción de la misma que no va a usar y a la cual ya no tiene derecho, en cuanto al Asegurador sí este es el que da por terminado el contrato de Seguro anticipadamente, debe de dar un Aviso al Asegurado de la Cancelación de la Póliza con 15 Días de anticipación a la fecha en que se haga efectiva dicha cancelación y calcular la prima a devolver a prorrata. No es obligatorio para ninguna de las partes expresar las causas o motivos que tuvieron para pedir la cancelación.